No. de contrato:
ANEXO DE ARRENDAMIENTO
No.
Este ANEXO DE ARRENDAMIENTO forma parte integrante del CONTRATO MAESTRO DE ARRENDAMIENTO PURO cuyo número se señala en el extremo superior derecho de este documento, celebrado con fecha , entre , en su carácter de arrendadora, a quien se le denominó la Arrendadora; por otra parte, , en su carácter de arrendataria, a quien se le denominó la Arrendataria.
Los términos que en este Anexo de Arrendamiento sean empleados con inicial mayúscula, serán términos definidos y ostentarán el significado que correlativamente se les asigna en el citado Contrato, salvo que se les atribuya un significado distinto.
D E C L A R A C I Ó N
ÚNICA: Declaran las PARTES, bajo protesta de decir verdad, por su propio derecho o por conducto de sus representantes legales, según corresponda, que:
El(los) Bien(es) objeto del presente arrendamiento, es (son) y será(n) aquel (aquellos) que se detalla(n) en el mismo y se regirán bajo los términos y condiciones que se indican a continuación:
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N |
Datos de Factura de Adquisición |
Descripción del Bien |
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Accesorios |
Observaciones |
Precio (sin I.V.A.) | Cantidad | ||
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1 |
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Todos y cada uno de los bienes, instrumentos, dispositivos, muebles o equipos que sean objeto de la compra por medio de la disposición del presente crédito; Todos y cada uno de los bienes, instrumentos, dispositivos, muebles o equipos descritos y enlistados en dicha Factura contenida en el Anexo B |
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2 |
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En caso de existir diferencia en los datos de los Bienes Pignorados asentados anteriormente contra los asentados en el Anexo B, prevalecerán los asentados en el Anexo B, por ser el que de forma correcta identifica a los Bienes Pignorados, para todos los efectos legales a que haya lugar.
A continuación se detallan las condiciones específicas del arrendmiento:
| Concepto | Condición |
|---|---|
| Renta Global: |
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| No. de Contraprestaciones: | |
| Monto de cada Contraprestación: |
$ mas I.V.A. |
| Moneda: |
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| Gastos de Contratación: | $15,000.00 más I.V.A. |
| Gastos de Ratificación: | $13,500.00 (trece mil quinientos pesos 00/100 M.N.) más IVA por documento ratificado. |
| Gastos de cobranza extrajudicial: | 2% (dos porciento) respecto de la Renta Global vigente por evento. |
| Comisión por devolución tardía: | 2% (dos porciento) respecto de la Renta Global vigente por evento. |
| Comisión por remercadeo: | respecto de la Renta Global vigente por evento. |
| Comisión por Gastos de administración: | 8% respecto de cualquier ejercicio de gasto. |
| Comisión por Cobranza Legal: | $3,500.00 (tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por evento. |
| Comisión por Reestructuración: |
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| Comisión de apertura: |
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| Tasa anual moratoria: | |
| Pena convencional: | Del 5% (cinco por ciento) sobre el monto de la Renta Global más IVA. |
| Uso autorizado: | . |
| Lugar de ubicación de los bienes: | . |
| Límite de uso: | . |
| Costo por Exceso del Límite de Uso: | . |
| Proveedor del Mantenimiento: | . |
| Lugar de devolución: | . |
| Plazo Forzoso: | 36 meses. |
| Cuenta de Depósito: | Razón Social: ; Banco: ; CLABE: ; Cuenta: |
| Aseguradora: | |
| Monto total del seguro, mantenimientos y otros accesorios financiado: | |
| Prima mensual del seguro: | $10,034.06 más I.V.A. |
| Correo electrónico: | |
| Cláusulas no aplicables: | Cláusulas –––––, ––––––––, –––––––, y –––––––––. |
A continuación se muestra la tabla de pagos.
III. Requisitos Adicionales de Devolución:
La Arrendataria y, en su caso, la Coarrendataria, aceptan desde ahora el dictamen de inspección que emita el distribuidor autorizado por la Arrendadora o, en caso de que así lo decida esta última, el mismo Proveedor, quien deberá realizar una inspección cuyo resultado debe arrojar por lo menos los resultados que a continuación se indican, para que se entienda cumplida en plena forma y conformidad de la Arrendadora, la obligación de devolución de los Bienes a cargo de la Arrendataria y/o la Coarrendataria, según se trate, a saber:
| Concepto | Condición |
|---|---|
| 1. Apariencia: | |
| 2. Condiciones generales: | |
| 3. Chasis/Carcasa: | |
| 4. Partes, piezas, componentes y equipo adcional: | |
| 5. Motor: | |
| 6. Llantas: | |
| 7. Frenos: | |
| 8. Signos adheridos o grabados en los bienes: | |
| 9. Uso: | |
| 10. Baterías: | . |
| 11. Otros: | . |
Asimismo, en caso de que los Bienes hubieren sido usados en exceso del uso normal acordado, es decir, cuando la Arrendataria (de conformidad con lo señalado en el primer párrafo de estos requisitos) no entregue el Bien en las mismas condiciones de uso en que lo recibió con el sólo desgaste causado por su deterioro normal de acuerdo a su naturaleza y en cambio, el Bien se devuelva a la Arrendadora con algún daño, desperfecto o descompuesto o le faltare alguna pieza, se encuentre incompleto, alterado en sus componentes, etc., que impida su normal funcionamiento, de conformidad con el avalúo que al efecto realice un perito designado por la Arrendadora al recibir el Bien, la Arrendataria se obliga a pagar a la Arrendadora la pena convencional sobre la Cantidad Global, por cada mes hasta que dicha circunstancia sea resuelta.
Leído que fue el presente Anexo de Arrendamiento se firma por dos, en la Ciudad , el día .
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Representada:
Cargo: Representante Legal
Nombre:
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Representada:
Nombre:
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Nombre:
La presente hoja de firmas corresponde al Anexo de Arrendamiento No. del Contrato Maestro de Arrendamiento Puro No. , celebrado entre como la Arrendadora; la Arrendataria y, en su caso, el Obligado Solidario, con fecha .
Contrato Maestro de Arrendamiento Puro No.:
PAGARÉ
Bueno por M.N.
Por este Pagaré , , a quien en lo sucesivo (de forma conjunta) se le denominará como el “Suscriptor”, se obliga a pagar incondicionalmente a la orden de VILAR KPTL CDMX S.A.P.I.DE C.V., en lo sucesivo la “Beneficiaria”, la cantidad de $ (). en el domicilio o mediante depósito o transferencia electrónica de fondos disponibles el mismo día, a la cuenta número: ; CLABE No.: ; BANCO: ; a nombre de la Beneficiaria, o en cualquier otra cuenta bancaria o lugar que la Beneficiaria notifique por escrito a la Suscriptora, mediante parcialidades en periodos de días, precisamente en las fechas y por las cantidades que se indican en el calendario de pagos sucesivos que a continuación se detalla:
La falta de pago oportuno de cualquier cantidad que esté obligada a pagar el Suscriptor, conforme al presente Pagaré, causará intereses moratorios a partir de la fecha en que debió pagarse hasta la fecha de su pago total, a una tasa que será calculada a razón de multiplicar la Tasa Fija del 58.00% anual más I.V.A.( por ciento más I.V.A.). Los intereses moratorios serán calculados en la fecha de su pago, en la forma que se determina en este Pagaré y les será adicionado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente. Para el cálculo de los intereses moratorios, la tasa señalada se dividirá entre 360 días y se multiplicará por los días efectivamente transcurridos entre la fecha incumplimiento y la fecha de su pago.
Si la fecha en que deba efectuarse cualquier pago de acuerdo a lo estipulado en este Pagaré, resulta día inhábil, el pago será realizado el día hábil inmediato posterior.
Todos los pagos que deban hacerse conforme a este Pagaré, se harán libres y sin deducción o retención por concepto de cualquier impuesto, contribución, deducción o retenciones de cualquier naturaleza que se impongan o graven en cualquier tiempo, por cualquier autoridad, respecto del pago del principal o intereses bajo este Pagaré, incluyendo especialmente, pero sin limitación, el Impuesto Sobre la Renta en vigor. En caso de ser aplicables cualesquiera de los anteriores impuestos, contribuciones, deducciones o retenciones, el Suscriptor deberá cubrir las cantidades adicionales que sean necesarias a fin de que la Beneficiaria reciba las sumas que le corresponderían conforme a este Pagaré si no hubieran sido aplicables tales impuestos, contribuciones, deducciones o retenciones.
La Beneficiaria podrá dar por vencido anticipadamente el saldo insoluto del presente Pagaré, si el Suscriptor deja de realizar uno de los pagos, en la forma y plazos estipulados en este Pagaré.
El Suscriptor por medio del presente promete pagar los gastos que impliquen el cobro de este Pagaré y los honorarios de los abogados que intervengan en el cobro extrajudicial o judicial del mismo, en caso de que haya un incumplimiento en el pago de este Pagaré.
El Suscriptor en términos del artículo 128 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, conviene en extender el plazo de presentación del presente Pagaré dentro del primer año siguiente a su vencimiento, en la inteligencia de que la extensión de dicho plazo no deberá entenderse como un impedimento para que la Beneficiaria presente este Pagaré para su pago, con anterioridad a dicha fecha.
El presente Pagaré se suscribe de conformidad con el Anexo de Arrendamiento No. de fecha suscrito al amparo del Contrato Maestro de Arrendamiento Puro identificado administrativamente con el número de fecha , celebrados entre el Suscriptor y la Beneficiaria.
El Suscriptor renuncia a toda diligencia, presentación, protesto o aviso de no pago o incumplimiento o cualquier aviso de cualquier otro tipo respecto a este Pagaré. La falta de ejercicio por parte de la Beneficiaria de cualquiera de los derechos bajo este Pagaré en cualquier caso concreto no constituirá una renuncia al mismo en dicho caso o en cualquier otro caso subsecuente.
Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de lo pactado en este Pagaré, el Suscriptor se somete a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando expresamente desde este momento a cualquier jurisdicción, competencia o fuero que pudiere corresponderle, en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otro motivo.
Este Pagaré consta de 2 (dos) páginas, mismas que han sido debidamente suscritas por el Suscriptor.
Suscrito en Ciudad de México, el .
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Representada:
Nombre:
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Nombre: